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La Justicia dictó una cautelar y parte del DNU de Milei queda suspendido

TRAS EL AMPARO DE LA CGT. Tiene que ver con la reforma laboral que incluía, por ejemplo, la extensión de los meses de prueba de 3 a 8. Para la Justicia, esto no forma parte de una "urgencia".

La respuesta de la Justicia al amparo presentado por la CGT

La respuesta de la Justicia al amparo presentado por la CGT.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó hoy una medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) dictado por el Gobierno de Javier Milei, informaron fuentes judiciales. El Gobierno ya adelantó que va a apelar. 

El tribunal de feria hizo lugar al pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), que había apelado una resolución de primera instancia, y dispuso el dictado de una medida cautelar hasta tanto se analice la cuestión de fondo vinculada al análisis de constitucionalidad de la reforma realizada mediante un DNU.

La decisión fue adoptada con los votos de los magistrados José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, que integran la sala de feria de la Cámara del Trabajo junto con la jueza Dora González, que postuló remitir la causa a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que defina qué fuero debe tramitar el expediente.

"No se evidenciaría objetivamente la 'necesidad' de adoptar tan numerosas medidas y que, aunque ello pudiera -hipotéticamente- intentar justificarse en la referencias genéricas a 'un hecho demostrado', lo cierto y jurídicamente relevante es que no se avizorarían las que se alegan constituyan razones de 'urgencia' para eludir la debida intervención del Poder Legislativo en lo que hace a la legislación de fondo", sostuvieron los jueces que conformaron la mayoría, según surge del fallo al que accedió Télam.

No se evidenciaría objetivamente la 'necesidad' de adoptar tan numerosas medidas (...) No se avizorarían las que se alegan constituyan razones de 'urgencia' para eludir la debida intervención del Poder Legislativo en lo que hace a la legislación de fondo.

Los jueces destacaron, además, que "no se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal, máxime cuando el propio decreto reconoce que se encuentra estancada hace 12 años, lo que impide -en principio- considerar la irrupción de alguna circunstancia súbita, imprevisible o de extrema 'excepcionalidad'".

"En lo que hace al trámite legislativo que el decreto pretende obviar, cabe mencionar que el Presidente de la Nación se encuentra facultado a convocar al Congreso a sesiones extraordinarias (art. 99 inc. 9 de la Constitución Nacional) y que tanto el Reglamento de la Cámara de Diputados como el de la Cámara de Senadores poseen herramientas que permitirían darle mayor celeridad al tratamiento de cada proyecto en caso de que sus autoridades o integrantes de los cuerpos lo requieran (tramitación en comisiones de manera conjunta y mociones de preferencia o de tratamiento "sobre tablas")", recordaron.

QUÉ ES LO QUE QUEDA SUSPENDIDO

Algunas de las modificaciones en materia laboral establecidas en el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que firmó el presidente Milei, que ahora quedaron provisoriamente suspendidas, son la ampliación del periodo de prueba hasta los 8 meses, la incorporación de los bloqueos o tomas de establecimientos como causa de despido y cambios en el sistema de indemnizaciones.

También las limitaciones que establecía al derecho a huelga, ya que determinaba que en los casos de conflictos colectivos que afecten la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental, las partes deberán garantizar una cobertura mínima del servicio.

En materia de indemnizaciones, el decreto que firmó el presidente introducía la reducción del monto de la indemnización; la excepción para trabajadores con salarios bajos; la posibilidad de sustitución de la indemnización por un fondo o sistema de cese laboral; contratación de un sistema privado de capitalización.

LA CGT CELEBRÓ

La CGT destacó que el fallo la Cámara Nacional del Trabajo "pone un freno a la reforma laboral regresiva y contraria a los trabajadores".

La central explicó que el fallo reciente "justifica su decisión de dictar la medida cautelar en que el DNU introduce importantes modificaciones de aplicación inmediata en materia laboral no habiendo explicado como las reformas planteadas podrían remediar la situación referida en sus fundamentos como para justificar una reforma laboral general y peyorativa para los trabajadores".

A raíz de esto, el Gobierno apelará en las próximas horas el fallo de la Cámara del Trabajo y pedirán que la causa se siga tramitando en el fuero Contencioso Administrativo Federal, como ya dictaminó el fiscal del fuero del trabajo Juan Manuel Domínguez.

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