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Qué se les pedirá a los turistas para poder ingresar al país 

DECRETO. Hay tres requisitos que deberán cumplir. Las visitas se permiten desde las 00 horas de este viernes. 

La Declaración Jurada Electrónica se completa 48 horas antes

La Declaración Jurada Electrónica se completa 48 horas antes.

El Ministerio del Interior informó que los extranjeros que ingresen al país por turismo a partir del próximo viernes deberán cumplir con una declaración jurada electrónica, un test PCR con resultado negativo y un seguro médico Covid. 

En el marco de lo dispuesto por el DNU 814/2020, que habilita el ingreso por turismo de nativos y extranjeros radicados en los países limítrofes desde las 00 horas del viernes 30 de octubre, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) informó que dispuso habilitar dos vías para este fin: el Aeropuerto Internacional de Ezeiza y la terminal marítima de Buquebús.

Según la resolución oficial, las personas extranjeras que ingresen al territorio nacional deberán presentar al momento de hacer el trámite migratorio: una Declaración Jurada Electrónica, que tendrá que ser completada indefectiblemente dentro de las 48 horas previas al embarque, un test PCR con resultado negativo y un seguro médico COVID.

En el caso de los argentinos que ingresen en las mismas condiciones que los extranjeros de países limítrofes, es decir por Ezeiza o la terminal de Buquebús, podrán optar por la realización de un test PCR o la cuarentena obligatoria, mientras que en los pasos fronterizos seguirá siendo obligatoria la cuarentena de 14 días.

En el caso de extranjeros, deberán cumplir sin excepción los tres requisitos, y en caso contrario les será impedido el ingreso a Argentina.

Todos aquellos extranjeros que ingresen al país estarán alcanzados por lo establecido en la Decisión Administrativa (DA) de Jefatura de Gabinete que regula la actividad turística.

El DNU no modificó las condiciones de ingreso de argentinos y residentes en el país, que lo podrán seguir haciendo por vía aérea, marítima o a través de los cinco puestos terrestres actualmente habilitados.

En tanto, las compañías aéreas y la empresa de transporte fluvial que operan en el tránsito de extranjeros deberán exigir el cumplimiento de las medidas establecidas previo al embarque de las personas, ya que de no hacerlo correctamente será plausible la aplicación de multas.

Las medidas de seguridad sanitaria obligatorias vigentes en todos los ingresos al país, consistentes en distanciamiento social, toma de temperatura, utilización de barbijos, en otras, siguen en plena vigencia.

El DNU no modificó las condiciones de ingreso de argentinos y residentes en el país, que lo podrán seguir haciendo por vía aérea, marítima o a través de los cinco puestos terrestres actualmente habilitados.

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