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Suspendieron el DNU de Milei que limita el derecho a la huelga

anticonstitucional. El Gobierno había establecido una serie de actividades "esenciales" que debían garantizarse en un 75%. La Justicia laboral le puso un freno con el aval de la CGT.

El decreto del Gobierno de Javier Milei que limitaba el derecho a huelga de una serie de actividades que pasaron a ser consideradas esenciales y trascendentes quedó en suspenso luego de un fallo de la Justicia Nacional del Trabajo. 

Así lo resolvió este lunes la jueza Moira Fullana al "hacer lugar a la medida cautelar peticionada y suspender provisoriamente los efectos de los artículos 2º y 3° del DNU 340/25", firmado por Milei el 20 de mayo pasado. Lo hizo a partir de una presentación de la CGT, aunque también tomó una medida análoga a partir de una presentación de ATE, pero solo relativa al artículo 3° (Conflictos Colectivos de Trabajo).

Se trata de los artículos que, precisamente, establecieron como esenciales una serie de actividades, entre las que se incluyen los servicios sanitarios y hospitalarios, los servicios de telecomunicaciones, la aeronáutica comercial, los servicios aduaneros y migratorios, la educación preescolar, primaria y secundaria y el transporte fluvial, entre otras.

La declaración como "esenciales" de esas actividades fue suspendida provisoriamente por la Justicia, por lo que podrán realizar paros como lo hacían tradicionalmente.

La declaración como actividad esencial implica que ese servicio, según estableció el mismo decreto, debe garantizar un mínimo de cobertura del 75% en caso de realizar una medida de fuerza, lo que en los hechos significaba una restricción del derecho a huelga establecido en la Constitución. Ahora, la declaración como "esenciales" de esas actividades fue suspendida provisoriamente por la Justicia, por lo que podrán realizar paros como lo hacían tradicionalmente.

La decisión de la jueza también significó la suspensión temporal de la declaración de otras actividades como "trascendentales", entre ellas la producción de alimentos, los servicios financieros (bancos), los hoteles, la producción de medicamentos, los servicios de radio y TV, el transporte terrestre, los aeropuertos, los servicios mineros, la actividad minera, los correos o los frigoríficos.

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