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Once años de prisión por pegarle a su pareja y matar a quien la defendía

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La condena recae sobre un hombre de 27 años quien asesinó de dos tiros al que intentaba evitar la paliza en Parque Patricios.

Un joven fue sentenciado a cumplir 11 años de prisión por matar a otro que lo golpeó para evitar que siguiera agrediendo a su pareja, durante un hecho ocurrido el año pasado en el barrio porteño de Parque Patricios, informaron fuentes judiciales.

La condena fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 13 y recayó sobre Hernán Ramón Bareiro Arrúa (27) por el hecho registrado el 25 de febrero de 2017 en Alvarado y Luna, y que tuvo como principal víctima a Antonio Blas Martínez Cristaldo (33).

El TOC 13 concluyó que el ahora condenado cometió los delitos de homicidio simple, lesiones agravadas por el vínculo y por violencia de género y portación ilegítima de arma de guerra, ya que utilizó una pistola 9 milímetros con la que mató, de dos tiros, a Martínez Cristaldo.

Aquella mañana, por cuestiones relacionadas con la hija de ambos, Bareiro Arrúa comenzó a zamarrear a su pareja, la golpeó, la tiró al suelo y solo cesó la agresión cuando Martínez Cristaldo, que se hallaba en el lugar, le gritó que dejara de pegarle a la mujer y que se peleara con él, tras lo cual lo golpeó varias veces con un palo.

El condenado se marchó, pero advirtió "voy a volver", tras lo cual fue a su casa, en la villa 21, y una hora después regresó armado con la pistola y le disparó dos veces a Martínez Cristaldo, ocasionándole heridas que, luego de varias semanas de internación en el Hospital Penna, provocaron su muerte.

En el juicio oral, Bareiro Arrúa, quien ya registraba un antecedente penal por robo en el conurbano bonaerense, confesó, y pidió perdón a quien fuera su pareja.

Para sostener que hubo violencia de género, el TOC 13 evaluó que se trató de un "hecho perpetrado por un hombre en perjuicio de una mujer, advirtiéndose una relación asimétrica entre ambos en la cual Bareiro Arrúa asumió un rol de superioridad o pretenso dominio respecto de Alderete Burgos, procurando que acomode su accionar a los designios de él".

Agregó que "la portación de arma de guerra se ha visto configurada al trasladar y utilizar Bareiro Arrúa una pistola calibre 9 mm con la que dio muerte a Martínez Cristaldo", teniendo en cuenta que, aunque el arma no fue hallada, en tal sentido figura el informe presentado por expertos.

Con relación al homicidio, los camaristas Enrique Gamboa, Adolfo Calvete y Diego Leif Guardia descartaron una "serie de precipitación en los acontecimientos", como adujo la defensa.

En tal sentido, el tribunal evaluó que Bareiro Arrúa "tuvo el tiempo que demandó ese trayecto para reflexionar y, sin embargo, optó por actuar en contra de la norma y disparar para dar muerte a Martínez Cristaldo, en presencia de vecinos y parientes que pudieron advertir su conducta homicida".

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