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Ley Ómnibus en el Congreso: qué se modificó del proyecto original

milei, de reversa. De los 664 artículos que tenía la normativa original enviada por el Gobierno, la iniciativa aprobada este viernes contiene casi la mitad.

El proyecto de la Ley Ómnibus, denominada "Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos", recibió media sanción en Diputados, pero sufrió varias modificaciones tras un intenso debate (y negociaciones) en la Cámara Baja. De los 664 artículos que tenía la normativa original enviada por el Gobierno, la iniciativa aprobada este viernes contiene casi la mitad.

Entre otras modificaciones, se quitó la aclaración sobre el plazo de vigencia del impuesto PAIS, cuya continuidad es reclamada por los gobernadores a raíz del porcentaje coparticipable que contiene.

Un cambio que trajo tranquilidad a los mandatarios patagónicos fue la remoción del artículo 292 que establecía facultades para poder modificar los fondos fiduciarios de zonas frías para usuarios residenciales de gas. Removido este artículo, se mantienen los beneficios por zona fría, sin los cuales las tarifas que pagan los usuarios podrían cuadriplicarse, volviendo las facturas impagables para muchas familias del sur del país.

Además, se borró del proyecto todos los cambios al Régimen Federal de Pesca, que entre otras cuestiones, apuntaban a otorgar cuotas de exploración y explotación a firmas extranjeras dentro del Mar Argentino. Concretamente, el proyecto original proponía el fin de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) en el Mar Argentino, conocida como Milla 200, al eliminar la reserva de la explotación de los recursos marinos a personas físicas o jurídicas constituidas en el país y con mayoría de personal argentino

En otro orden, se quitaron los artículos que modificaban el financiamiento a las leyes de Bosques Nativos y Glaciares. Al remover el artículo 303, quedan afuera las multas máximas como sanción para organizadores de manifestaciones sociales, correspondientes a veinte mil unidades fijas.

Quedaron así afuera de la ley las más duras sanciones a organizadores de protestas, y queda sin efecto la polémica definición de reunión o manifestación como "la congregación intencional y temporal de TREINTA (30) o más personas en un espacio público". Con la quita del artículo 311, se suprimen las sanciones por la vulneración de derechos a terceros por reuniones o manifestaciones sociales.

El paquete fiscal incluía los puntos vinculados al blanqueo, la moratoria, el adelanto de bienes personales, la Ley de Ganancias, las retenciones y el cambio de fórmula jubilatoria. En el caso de la reforma del impuesto a las Ganancias, esta iniciativa fue enviada de manera separada días atrás por el Gobierno para su tratamiento.

Otra de las modificaciones que el Poder Ejecutivo aceptó fue el de reducir de 11 a 6 las facultades delegadas al Presidente. En el capítulo II del Título I, el texto de la Ley declara "la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025".

Con las modificaciones, quedaron habilitadas la facultades en materia económica, financiera, de seguridad (también podría ser eliminada del proyecto), tarifaria, energética y administrativa. Además, en cuanto al plazo de las mismas, se confirma que se pasa de dos años a uno. Dicho plazo podrá ser prorrogado por el Congreso por el plazo máximo de un año.

En el capítulo II del proyecto original presentado en diciembre del año pasado —vinculado a la privatización de las compañías estatales y las sociedades en las que el Estado argentino tiene control total o mayoritario— había 41 empresas "en vidriera" dentro de las que se encontraba Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A (YPF).

Para estas compañías, el Poder Ejecutivo tendrá la facultad de "enajenarse de las participaciones accionarias o de capital del Estado y/o sus entidades en toda empresa privada". Sin embargo, en los cambios introducidos en el proyecto, YPF ya no forma parte de esta lista —seguirá siendo una empresa mixta bajo control del gobierno, en la que el 51% de las acciones son del Estado—, que ahora cuenta con 40 sociedades del Estado privatizables.

De esta forma, otras estatales importantes continúan en la nómina y sin ningún tipo de restricción o límite para su privatización, como Aerolíneas Argentinas, AySA, Télam, Correo Argentino, TV Pública, Trenes Argentinos o Fabricaciones Militares.

A la par, en las nuevas modificaciones se estableció que en el caso del Banco Nación, la empresa de telecomunicaciones y satélites espaciales ARSAT y la compañía generadora de energía eléctrica Nucleoeléctrica –que opera las centrales nucleares de Embalse y Atucha I y II–, el Estado sólo podrá realizar una "privatización parcial, debiendo mantener el control de la empresa".