Entró en vigencia el nuevo protocolo para casos de aborto no punible
TRAS EL ANUNCIO DE GINÉS GONZÁLEZ GARCÍA. Es similar a la que había sido derogada por Macri, que busca "orientarse por el principio de equidad para llevar las mejores prácticas a quienes más las necesitan". Diez de las 24 provincias adhieren.
El Ministerio de Salud oficializó con la publicación en el Boletín Oficial el nuevo protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo, decisión que calificó como "un imperativo de la política sanitaria nacional en salud sexual y reproductiva".
La medida -que el ex presidente Mauricio Macri había derogado luego de que su entonces ministro de Salud, Adolfo Rubinstein, la publicara- lleva la firma del nuevo titular de la cartera sanitaria, Ginés González García.
Según se explica en el texto, el nuevo protocolo se orienta por los "objetivos que una política sanitaria en este campo debe seguir: garantizar los derechos sexuales y los derechos reproductivos de las personas y los derechos de pacientes; basarse en evidencia científica actualizada; proteger y acompañar a los equipos de salud como responsables de atender la salud de la población; y orientarse por el principio de equidad para llevar las mejores prácticas a quienes más las necesitan.
La resolución explica que el protocolo es "una guía" para que los equipos de salud "cumplan con su responsabilidad en la interrupción legal del embarazo contemplado en el marco jurídico argentino". También se aclara que "se basa en la mejor evidencia científica disponible y en la experiencia de implementación de versiones anteriores de protocolos nacionales y provinciales.
El texto cita como marco legal a las causales previstas de interrupción legal del embarazo en el Código Penal de la Nación de 1921, a la Constitución Nacional y los Tratados de Derechos Humanos que se incorporaron en su reforma de 1994. También a las "modulaciones" que en la materia formula el Código Civil y Comercial de la Nación reformado en el año 2015, y el Fallo F.A.L. s/ Medida Autosatisfactiva de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del año 2012 que "orienta claramente el accionar de los equipos de salud y establece estándares para el acceso a la interrupción del embarazo".
"Las jurisdicciones que ya adherían al protocolo Nacional o tenían una norma local no necesitan volver a ratificarlo, pero sí se espera que todas adhieran", señaló Patricia Bustamante, integrante de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto legal, seguro y gratuito.
En ese fallo, la Corte estableció que quien se encuentre en las condiciones descriptas en el art. 86 del Código Penal "no puede ni debe ser obligada a solicitar una autorización judicial para interrumpir su embarazo, toda vez que la ley no lo manda, como tampoco puede ni debe ser privada del derecho que le asiste a la interrupción del mismo ya que ello, lejos de estar prohibido, está permitido y no resulta punible".
La resolución puntualiza que el nuevo protocolo "incorpora las recomendaciones internacionales acerca de los procedimientos para la interrupción legal del embarazo -dosis de medicamentos y aspiración manual endouterina (AMEU)- y refuerza la importancia del acceso rápido a la atención integral, reforzando la necesidad de resolución en el primer nivel de atención y en los tratamientos con medicamentos".
Diez de las 24 jurisdicciones argentinas adhieren al protocolo nacional para garantizar la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo (ILE) mientras otras 9 dictaron protocolos con requisitos, 2 están sin adhesión pero utilizan el protocolo nacional y 3 no poseen norma local ni adhesión, según datos a octubre de la Dirección de Salud Sexual y Reproductiva del Ministerio de Salud de la Nación.
"Las jurisdicciones que ya adherían al protocolo nacional, o tenían una norma local, no necesitan volver a ratificarlo, pero sí se espera que todas adhieran", señaló Patricia Bustamante, integrante de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto legal, seguro y gratuito.
La estadística oficial del Ministerio de Salud de la Nación confirmó que son 10 las jurisdicciones que adhirieron al Protocolo Nacional: Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Tierra del Fuego, Entre Ríos y Chaco.
Mientras que Formosa y San Juan no presentan adhesión oficial pero utilizan el protocolo nacional.
Y las tres provincias que figuran sin protocolo propio ni adheridas al nacional son: Corrientes, Santiago del Estero y Tucumán.
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