Después de 15 años, dictan sentencia por un accidente en la estación de Lomas
FALLO JUDICIAL. El hecho ocurrió en 2009 en la barrera de Boedo-Fonrouge. Una mujer había demandado a UGOFE y al Estado por las lesiones que sufrió durante una caída.
Después de 15 años, la Justicia rechazó la demanda de una mujer contra la Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia S.A. (UGOFE) por un accidente ocurrido en la estación de trenes de Lomas de Zamora.
Según la denuncia, el hecho ocurrió el 10 de septiembre de 2009, alrededor de las 8:30 de la mañana. La demandante, identificad como Ana C.P., había bajado del tren en Lomas, salió hacia la calle República Árabe de Siria y caminó por la vereda hasta el paso a nivel de Boedo-Fonrouge. Mientras cruzaba la barrera, tropezó y calló de rodillas, lo cual le provocó importantes heridas.
Ana fue asistida de inmediato por personal de Gendarmería Nacional, que pidió una ambulancia. Como tardó en llegar, fue llevada por los bomberos al Hospital Gandulfo para una mejor atención. Luego se atendió en la Unidad Sanitaria N° 2 Claudia Molina de Glew y, finalmente, en el Hospital Cecilia Grierson de Guernica. El diagnóstico: rotura meniscal y ligamentaria y fractura de rodilla derecha.
La mujer atribuyó la caída y las lesiones a las malas condiciones del cruce de vías, ya que la vereda habría estado rota en aquel momento. Por este motivo, demandó a UGOFE por daños y perjuicios, argumentando que la empresa debió haber tomado "los recaudos para evitar que los pasajeros sufran daños hasta llegar al lugar de destino". La denuncia fue tan a fondo que involucró al propio Estado Nacional, ya que era el responsable de la gestión ferroviaria.
El Juzgado Federal N° 3 de Lomas de Zamora le dio el primer revés judicial a Ana. Rechazó la demanda con costas porque no se pudo probar el accidente. Había "un solo testimonio, sin haber presenciado el episodio y cargado de emotividad por tratarse de la hija" de la demandante, mientras que no surgieron "testimonios de personas que hubiesen presenciado el siniestro, ni de aquellos o aquellas que hubiesen prestado ayuda a la damnificada", según consta en el fallo al que tuvo acceso La Unión.
A su vez, no se había registrado ningún accidente en el libro de la estación de Lomas ni en el Hospital Gandulfo. Tampoco se había detectado ningún pozo o irregularidad en el paso a nivel.
Ana no se quedó conforme y decidió apelar, argumentando que "el magistrado aplicó un excesivo rigor formal, sin tener en consideración los derechos de la víctima ni las leyes de defensa del consumidor". El caso llegó a la Sala II de la Cámara Federal de La Plata, que emitió una resolución recién en julio de 2024, 15 años después del hecho. El veredicto fue el mismo.
Los camaristas rechazaron la demanda y sostuvieron que el juez de grado había valorado correctamente las pruebas. Por otro lado, señalaron que la histórica clínica de la Unidad Sanitaria Nº 2 de Almirante Brown databa de seis días después del accidente y en ninguna parte de hablaba de fractura o roturas ligamentarias, sino de un "esguince de rodilla derecha por caída en sector ferroviario", sin ninguna prueba de ello.
El dictamen pericial del cuerpo médico forense tampoco permitía suponer alguna responsabilidad de la empresa demandada. "No se puede establecer si esa fractura, así como las lesiones meniscales, obedecen ciertamente a ese siniestro", explica el informe. Finalmente, la pericia mecánica no podía tener en cuenta por haberse hecho sobre el relato de Ana y sobre fotos tomadas dos años después del accidente.
De esta manera, la demanda de la mujer quedó formalmente rechazada después de un larguísimo litigio que duró una década y media. "Coincido con el juez de grado, en cuanto la parte actora no ha podido probar la existencia del siniestro ( ) en las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se produjo el accidente conforme su relato", expresó la Cámara en el fallo, al que accedió La Unión.