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Dónde anotarse para la eximición del 50% de las tasas de Seguridad e Higiene

afectados por la pandemia. La medida condona la mitad de la deuda contraída entre abril 2020 y marzo 2021. Incluye a salones de fiestas, gastronómicos y comercios.

A principios de septiembre, el Concejo Deliberante aprobó que los comercios de Lomas que fueron afectados por la pandemia quedan eximidos de pagar el 50% de las tasas municipales del período comprendido entre abril de 2020 y marzo de 2021.

La medida que condona la mitad de la deuda de la tasa de Salud, Seguridad e Higiene incluye a salones de fiestas, gastronómicos y comercios. En cuanto a estos últimos incluye: venta de artesanías, bazares, bombonerías, casa de modas-bebes, casas de música, compostura de calzado, compra-venta de oro/alhajas, ferreterías, imprentas, jugueterías, joyerías, kioscos, marroquinerías, mercerías, peluquerías, relojerías, roperías, sederías, sastrerías, servicios de internet, tapicerías, tintorerías, viveros, vinerías y zapaterías.

A la Ordenanza Nº 17.994 también fueron incorporadas las academias e institutos, agencias de turismo y excursiones, cocheras para automóviles, escuelas particulares, loterías y quinielas, y servicios de mudanzas.

En estos días, se conocieron más detalles de cómo tramitar este beneficio. Para cualquiera de los tres rubros, el trámite es presencial. Los vecinos deben presentarse en Azara 237, puestos 15 a 17, de lunes a viernes de 8 a 14. Hay que recordar que para poder ingresar a las oficinas es obligatorio contar con el esquema completo de vacunación, por lo que se le aconseja a los vecinos llevar el comprobante de las aplicaciones, ya sea en formato digital o papel. 

Para poder ingresar a las oficinas es obligatorio contar con el esquema completo de vacunación, por lo que se le aconseja a los vecinos llevar el comprobante de las aplicaciones, ya sea en formato digital o papel. 

Hay que llevar una nota solicitando la exención de la Tasa de Seguridad e Higiene desde abril 2020 a junio 2021, inclusive. También, DNI del titular, la habilitación del local y la constancia de inscripción en AFIP. En caso de que el titular no pueda realizar el trámite, hay que agregar el DNI del apoderado y la nota de autorización para realizar el trámite. 

Los salones de fiesta, además, deben presentar el recibo municipal del local y el recibo de luz 2021. Para conocer en profundidad los requisitos: 

Desde el Municipio informaron que "ingresan en la eximición quienes estén al día con el período 12/2019 y cuya facturación no supere los $12.000.000 anuales. Toda deuda anterior al período 03/2020 se deberá abonar al 100%, pudiendo incluirse en moratoria de 12 cuotas sin interés". 

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