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Los vencimientos de las tarjetas de crédito se podrán pagar en nueve cuotas y con tres meses de gracia

emergencia sanitaria. Es automático para quienes opten por no pagar el total del importe entre el 13 y el 30 de este mes. Las cuotas comenzarán a pagarse en agosto a un valor de $147 por cada $1.000 refinanciados.

Fue una disposicioacuten del Banco Central

Fue una disposición del Banco Central.

El Banco Central informó que las entidades del sistema financiero deberán refinanciar en forma automática los saldos impagos de tarjetas de crédito a un año de plazo con 3 meses de gracia, 9 cuotas mensuales, iguales y consecutivas y una tasa nominal anual de 43%.

En el actual contexto de emergencia por la pandemia de Coronavrus, la medida del Banco Central dispone que los clientes que opten por no pagar el total del vencimiento, entre el 13 y el 30 de este mes, no deberán realizar trámites para acceder a este beneficio.

De acuerdo a la norma, estos saldos "deberán ser automáticamente refinanciados, sin necesidad de trámite alguno por parte del titular de la cuenta". Para eso, los bancos emisores de los plásticos deben ofrecer "al menos tres meses de gracia y 9 cuotas fijas de tal manera, las cuotas comenzarán a pagarse en agosto a un valor de $147 por cada $1.000 refinanciados".

El vencimiento de los resúmenes de las tarjetas de crédito operados entre el 20 de marzo y el 12 de abril ya habían sido trasladados al 13 de abril.

Esos saldos refinanciados podrán ser precancelados total o parcialmente en cualquier momento y sin costo –excepto el interés compensatorio devengado hasta la precancelación– cuando el cliente lo requiera.

EL BCRA también recordó que tanto el débito directo como el débito automático en la propia entidad financiera pueden ser reversados a solicitud de los clientes dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha del débito y la devolución de los fondos debe operar dentro de los 3 días hábiles de la solicitud.

La circular del BCRA dispuso además una reducción a 43% (hoy establecido en 49%), con vigencia a partir del 13 de abril, de la tasa nominal anual por interés compensatorio máxima que las entidades financieras pueden percibir por los saldos financiados en tarjetas de crédito.

El vencimiento de los resúmenes de las tarjetas de crédito operados entre el 20 de marzo y el 12 de abril ya habían sido trasladados al 13 de abril, sin generar intereses resarcitorios, por comunicación del Banco Cent