Quiénes pueden tramitar el certificado de circulación
DESDE ESTE VIERNES. Se gestiona por la web y es obligatorio llevar el permiso encima para presentarlo en un control policial.
A partir de las 00 horas de este viernes, en el AMBA sólo podrán usar el transporte público de pasajeros trabajadores considerados esenciales, toda la comunidad educativa y aquellos que ya fueron expresamente autorizados.
Entonces, ¿quiénes pueden tramitar el certificado? Quienes realicen actividades esenciales, actividades productivas autorizadas, quienes asistan a un establecimiento educativo, o quienes necesiten un permiso especial para hacer un trámite urgente, un tratamiento, vacunarte, trasladar tus hijos o hijas o asistir a un familiar.
Se pueden consultar las actividades autorizadas en: https://www.argentina.gob.ar/circular/actividades-permitidas
Los permisos de circulación tramitados hasta la fecha continúan vigentes, incluyendo aquellos permisos vinculados a la actividad educativa (docentes, no docentes, alumnos/as y acompañantes). Una vez tramitado el permiso, hay que llevar el certificado siempre encima, ya sea mediante la aplicación Cuidar, Mi Argentina o descargándolo del sitio web www.argentina.gob.ar/circular, donde también se gestiona el permiso.
Si la persona no forma parte de ninguno de estos grupos, el traslado de los trabajadores/as a cargo del empleador y se determinó la suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.
Quien incluyó la SUBE en la gestión del permiso previamente y realiza actividades esenciales, tiene el uso de transporte público habilitado. Y el trabajador esencial que no haya cargado la SUBE, tiene que tramitar un nuevo permiso incluyendo el número de la tarjeta SUBE.
Si la persona no forma parte de ninguno de estos grupos, el traslado de los trabajadores/as a cargo del empleador y se determinó la suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.
En las zonas de mayor riesgo epidemiológico y sanitario:
-Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
-Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.
-Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
-Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs.
-Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día.
-Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.
-Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.