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Cuáles son los formatos de recetas médicas válidos para presentar

LOS CAMBIOS. Desde el Ministerio de Salud de la Nación hicieron algunas aclaraciones sobre la última resolución sobre las recetas electrónicas.

El Ministerio de Salud hizo aclaraciones sobre las recetas electrónicas

El Ministerio de Salud hizo aclaraciones sobre las recetas electrónicas.

Las únicas recetas que ya no tendrán validez para solicitar medicamentos en las farmacias son aquellas confeccionadas en papel y enviadas "como foto" a través de mail o WhatsApp, mientras que las prescripciones digitales o electrónicas "no son afectadas" por la reciente medida del Ministerio de Salud de la Nación, afirmaron hoy especialistas farmacéuticos a Télam.

La resolución Nº 3622/2022 que entró en vigencia este lunes, con su publicación en el Boletín Oficial, derogó la resolución Nº 696/20 del 31 de marzo de 2020 que habilitaba, en el marco de la pandemia de Coronavirus, la presentación en la farmacia de prescripciones confeccionadas en papel por profesionales médicos y enviadas como foto o escaneadas "a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax", indicó el texto.

"A partir de hoy y sin excepciones, toda receta (manuscrita) tiene que llegar en forma física a la farmacia" y ya no se aceptarán "recetas en fotos", que ya en los últimos meses "muchas obras sociales no las venían aceptando", dijo a Télam el presidente de la Confederación Farmacéutica Argentina, Ricardo Pesenti.

De esta manera, tal como era antes de la pandemia, sólo serán válidas las recetas en papel con firma holográfica del personal médico o las recetas electrónicas o digitales para aquellos prestadores que disponen de estos sistemas.

Respecto a las confusiones que sucedieron al anuncio de la medida, Pesenti enfatizó en la importancia de "aclarar que la foto o escaneado de una receta no es lo mismo que una receta electrónica o una digital, que sí siguen vigentes". Y detalló: "Este es el caso del PAMI, IOMA, la obra social de Jujuy y algunas prepagas. Hay varias plataformas de recetas electrónicas que están disponibles y los médicos y las farmacias podemos usar".

En ese sentido, tal como esclareció hoy el Ministerio de Salud a través de un mensaje en su cuenta de Twitter, la nueva disposición "no afecta a las recetas electrónicas y/o digitales con firma electrónica y/o digital", contempladas en la Ley 27.553, sancionada en agosto de 2020.

La receta electrónica es aquella que el médico emite con una firma electrónica a través de un sistema, un software oficial, al que ingresa con un usuario y contraseña personal. La farmacia recibe la receta electrónica por sistema y, para retirar el medicamento, el o la paciente o un familiar deberá presentarse únicamente con la credencial y, en algunos casos, el DNI en la farmacia.

En cambio, lo que ya no será posible es presentar en la farmacia una fotografía o un escaneo de la receta física "de puño y letra sellada por un médico" que se envía por mail o WhatsApp, lo que fue válido durante la pandemia para la atención de patologías crónicas y eventualmente agudas. "Esa resolución (fue tomada) cuando estábamos en aislamiento y no había posibilidades de que la población se movilice y vaya a buscar recetas a los consultorios médicos", repasó Pesenti.

Y explicó que "esto conllevaba que había muchas recetas que se duplicaban, las fotocopias no salían muy legibles, los médicos a veces se olvidaban de poner 'emergencia covid-19' y entonces las obras sociales no las abonaban a las farmacias, entre otros problemas" que se presentaban en el trabajo diario de las farmacias. "Se mantuvo durante casi tres años, pero ahora estamos ya en una etapa superadora en la que se está buscando volver a lo anterior", agregó.

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