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Elecciones: en la Provincia, el 50% de los candidatos deberán ser mujeres

paridad de género. Se publicó en el Boletín Oficial. Rige tanto para las PASO como para las generales de octubre.

El Gobierno bonaerense reglamentó la ley de Participación Política Equitativa entre Géneros y determinó que las listas de precandidatos para las PASO del 11 de agosto, y en la de candidatos de las elecciones generales del 27 de octubre, "se deberá respetar una equivalencia del 50% de género femenino y otro 50 % de género masculino".

Según se publicó en el Boletín Oficial provincial, el decreto de la gobernadora María Eugenia Vidal contempla que "en caso de listas cuyo número de precandidatos sea impar, la diferencia entre hombres y mujeres no podrá ser superior a uno".

En el decreto se recordó que la Ley de Paridad de Género se implementó parcialmente en el año 2017 porque no se respetó la alternancia y secuencialidad de candidatos mujeres y varones.

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