EDICTO JUDICIAL 27-28-29/03/2025

EDICTO JUDICIAL 27-28-29/03/2025 EDICTO JUDICIAL El Juzgado Civil y Comercial Nº 13 del Depto. Judicial Lomas de Zamora, en autos: "SATULOVSKY ARNOLDO ADOLFO C/ GONZALEZ NOEMI ESTER S/ LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL- Nº Causa: 63864, que la Martillera lmprescia Cecilia Nora, Martillero Público, Mat. 292 CPMCAL, (C.U.I.T. 27-21841211-4- Monotributo) subastará a través del Portal de Subastas Electrónicas de la SCJBA, al contado, mejor postor y demás circunstancias que surgen del expediente, el 100% de del inmueble ubicado la calle Gallo 151 entre Belgrano y Av. Adolfo Alsina -localidad y partido de Lomas de Zamora, Prov. De Buenos Aires, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 2; Sección A; Manzana 63; Parcela 17d Matricula 13869 partida inmobiliaria Nº 063-38185 se subasta OCUPADO Noemí Ester González - DNI: 10.439.961 según mandamiento de constatación de fecha 30/05/2024. Se trata de una edificación estilo chalet antiguo sobre lote propio de 338 m2 -. La forma de inscripción para participar en la subasta, la modalidad de la puja, las condiciones de reserva y demás pautas de realizacion del acto seguirán las reglas establecidas en el anexo I de Acuerdo 3604 de la SCBA. SUBASTA: comenzará el día 21 de abril de 2025 a las 11,00 hs. y finalizará el día 06 de mayo de 2025 a las 11,00 hs. EXHIBICION DEL BIEN: 07/04/2025 de 11.00 a 12.00 y el 08/04/2025 de 16.00 a 17.00 Hs. BASE SUBASTA:$ 47.000.000.- DEPOSITO EN GARANTIA: 5% de la Base ($ 2.300.000,-) Quien se postule como oferente deberá estar inscripto el Registro de Subastas Judiciales y depositar dicho importe con una antelación mínima de 3 días hábiles antes al inicio de la subasta, en la CUENTA de AUTOS en pesos Sucursal 5068 Lomas de Zamora Nº 5068-027-088279/5 (CBU: 01400236275068 08827953) siendo la fecha límite para la acreditación de postores el 15/04/2025 a las 11.00 hs. MODO DE OFERTA: Las Sumas por la que pueden ofrecer los postores estarán determinados por cuadros de puja numerados correlativamente, correspondiendo a cada uno un monto concreto; la primera oferta deberá ser mayor o igual a la base y los tramos subsi_¡iuientes se incrementaran en un 5% de la primera oferta. AUDIENCIA DE ADJUDICACION 11 de julio de 2025 a las 11:00 hs. en la sede del Juzgado Civil y Comercial N 13 de Lomas de Zamora, sito en Camino Negro y Larroque. tercer piso, Edificio Tribunales de Lomas de Zamora, a efectos de la firma del Acta de Adjudicación, debiendo comparecer el martillero y el adjudicatario, este ultimo munido del formulario de inscripción a la subasta, comprobante de pago del depósito en garantía, constancia de código de postor, y demás instrumentos que permitan su fehaciente individualización como comprador en la subasta y constituir domicilio procesal y electrónico en los términos del art.40 de CPCC, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado, art.41 del CPCC. Así mismo deberá ser integrada y acreditada al momento de celebrarse la audiencia (art. 38 Ac.3604 SCBA) la SENA el 30% del precio de compra; el 3 % de comisión a cargo del comprador, con más el 10% de dicha suma en concepto de aportes previsionales y abonar el impuesto de sellos, NO PERMITE compra en comisión. En su caso, deberá ratificarse lo actuado, mediante escrito, suscripto por ambas partes, en el plazo de 5 días de aprobado el remate. No Se Admite la cesión de la adjudicación ni de los derechos que de ella surjan. DEUDAS: ARBA $ 112.964- al 13/03/2023; Municipalidad $ 273.757,28.- al 15/02/02023; AySA $ 463.273,16 al 13/02/2023,- Las condiciones jurídicas del bien surgen de sus correspondientes Títulos. La tradición (ver el apartado de Datos Complementarios en la Publicación del Portal de Subastas https://subastas.scba.gov.ar/) SALDO DE PRECIO: una vez aprobada la rendición de cuentas del Martillero y dentro de los 5 días de aprobado el remate, sin necesidad de intimación previa, el adquirente deberá adjuntar constancia de depósito judicial en la cuenta de autos del saldo de precio adeudado, bajo apercibimiento de declararlo postor remiso, reaiustándose así el termino oportunamente fijado (art. 585 del CPCC).

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