EDICTO JUDICIAL ANFOSSI CLAUDIA GRACIELA LUJAN C- MORLIO FAUSTO EDUARDO S-ACCION REINVIDICATORIA 18,19-07-2024

EDICTO JUDICIAL ANFOSSI CLAUDIA GRACIELA LUJAN C- MORLIO FAUSTO EDUARDO S-ACCION REINVIDICATORIA 18,19-07-2024 EDICTO JUDICIAL ANFOSSI CLAUDIA GRACIELA LUJAN C- MORLIO FAUSTO EDUARDO S-ACCION REINVIDICATORIA 18,19-07-2024 EDICTO JUDICIAL HABILITACION DE DIAS YHORAS INHABILES El Juzgado Civil y Comercial N° 13 de Mar del Plata.- Emplaza para que en el término de quince (15) días con más la ampliación en razón de la distancia en caso de corresponder, se presente en autos MORLIO FAUSTO EDUARDO DNI 26.200.872 y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble identificado como Nomenclatura Catastral: Circunscripción IV, Sección R, Manzana 43, Parcela 14, Partida Inmobiliaria 069-025035-7 en la localidad Playa Dorada Partido de Mar Chiquita, Provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de hacer valer sus derecho, a estar a derecho en los autos caratulados "ANFOSSI CLAUDIA GRACIELA LUJAN C/ MORLIO FAUSTO EDUARDO S/ ACCION REIVINDICATORIA (Expte. Nº126804) bajo apercibimiento de designárseles Defensor Oficial de Pobres y Ausentes de este Departamento Judicial.- Se transcribe parte pertinente traslado "Mar del Plata, 5 de Julio de 2024.- . I. En atención a lo solicitado y los instrumentos acompañados a las presentaciones electrónicas de fecha 27/05/2024 y 03/06/2024, publíquense nuevos edictos por el término de 2 días en el Boletín Oficial, en el diario La Unión de la ciudad de Rafael Calzada Prov. Buenos Aires y en el Diario La Capital de esta ciudad, citando al demandado MORLIO FAUSTO EDUARDO DNI 26.200.872 y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble identificado como Nomenclatura Catastral: Circunscripción IV, Sección R, Manzana 43, Parcela 14, Partida Inmobiliaria 069-025035-7 en la localidad Playa Dorada Partido de Mar Chiquita, Provincia de Buenos Aires, ello para que en el término de 15 días -con más la ampliación en razón de la distancia en caso de corresponder (art. 158 del CPCC)- se presenten en estos autos a estar a derecho y contesten la demanda, conforme a lo dispuesto en los arts. 354 y 484 del código citado, bajo apercibimiento de designárseles Defensor Oficial al de Pobres y Ausentes de este Departamento Judicial (art. 145, 146, 147, 341 y cdtes del CPCC II. Atento lo peticionado, se le hace saber al peticionario que deberá transcribir en el texto del edicto el nombre y apellido de las partes, los datos de la causa, datos del inmueble, el auto que ordena la publicación de edictos y que el trámite del expediente puede ser consultado en el portal de la Suprema Corte (http://www.scba.gov.ar), a través de la Mesa de Entradas Virtual (arts. 34 inc. 5 del CPCC; Ac. 3997 de la S.C.B.A). III. Teniendo en cuenta que la parte peticionante goza del beneficio de litigar sin gastos en forma provisional, hágase saber que se deberá eximir del pago de los edictos ordenados (art. 83, 84 del CPCC). IV. A los fines solicitados, habilítanse días y horas inhábiles (art. 153 del CPCC). Fdo. Dr. MAXIMILIANO COLANGELO. JUEZ CIVILYCOMERCIAL".- Atento la parte actora Sra. ANFOSSI CLAUDIA GRACIELA LUJAN DNI 5.925.554, gozar de Beneficio de Litigar sin gastos se encuentra eximida del pago.- Publíquense edictos por DOS días en el BOLETIN OFICIAL, diario LA UNION y diario \\TAL\\Plata. Mar del Plata 9 de julio de 2024.- GROPPO Patricio Gustavo. SECRETARIO

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