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Otorgan un subsidio de $15 mil a familiares de fallecidos por Coronavirus

se publicó en el Boletín Oficial. Lo oficializó el Gobierno para familias que, al momento de su muerte, se encontraban desocupadas, en la economía informal o fueran monotributistas en ciertas categorías.

Frente a la pandemia un apoyo econoacutemico a las familias que sufrieron peacuterdidas

Frente a la pandemia, un apoyo económico a las familias que sufrieron pérdidas.

El Gobierno Nacional extendió hoy el subsidio de contención familiar que rige desde 2006 a los familiares de aquellas personas que hubieran fallecido a causa de Coronavirus y que, al momento de su muerte, se encontraban desocupadas, en la economía informal o fueran monotributistas en algunas categorías.

La norma, que fija el monto en 15.000 pesos, amplía el subsidio creado en 2006 a los familiares de las personas fallecidas por Covid-19 que, al momento de su muerte “se encontraban desocupadas; o se desempeñaban en la economía informal; o se encontraban inscriptas en las categorías “A” y “B” del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes”.

Abarca también a los familiares de los fallecidos que se encontraban inscritos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.

También serán alcanzados los familiares de fallecidos que hayan sido trabajadores declarados en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, a los que eran titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social; y eran titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, y a niños y adolescentes y personas mayores de edad con discapacidad.

El beneficio ya existía para en el caso de los veteranos de Malvinas y para determinados beneficiarios del Régimen Nacional de Previsión.

El subsidio se abonará al cónyuge o al conviviente, al padre o a la madre o alguna de sus madres o alguno de sus padres, o al hijo o a la hija del fallecido.

El decreto precisa que se hará efectivo siempre que el o la solicitante denuncie el fallecimiento y acredite haber sufragado los gastos del sepelio con la presentación de la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio.

En los considerandos, el decreto señala que “los familiares de los fallecidos y las fallecidas por COVID-19 atraviesan sus pérdidas con la imposibilidad de acompañarse debido al aislamiento social, preventivo y obligatorio”.

Esta medida va a la par de otras para la sociedad o las empresas que se han tomado a lo largo de la pandemia, “con el objetivo de acompañar y cuidar a los sectores más vulnerables y necesitados de la sociedad

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