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¿Cómo será el pago del aguinaldo para los empleados públicos?

se oficializó . Será en cuotas para aquellos trabajadores cuyo medio Sueldo Anual Complementario (SAC) supere los $40.000 brutos, en el marco de las restricciones fiscales del Estado producto de la pandemia del Coronavirus.

El Gobierno oficializó este martes la decisión de pagar en cuotas el medio aguinaldo correspondiente al mes de junio de todos los empleados públicos nacionales cuyo Sueldo Anual Complementario (SAC) supere los 40.000 pesos brutos, en el marco de las restricciones fiscales del Estado producto de la pandemia del Coronavirus.producto de la pandemia del Coronavirus.

Así lo estableció por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia 547/2020, publicado en la edición de hoy del Boletín Oficial, firmado por el presidente Alberto Fernández y todos los miembros de su gabinete.

“Establécese que el pago de la primera cuota del sueldo anual complementario correspondiente al año en curso para la totalidad de los trabajadores dependientes del Sector Público Nacional, cualquiera sea el régimen aplicable a la relación de empleo, se efectuará del siguiente modo”, dice el primer artículo del decreto.

A continuación, explica que “dentro del plazo legal previsto, se abonará por dicho concepto hasta la suma de $40.000 brutos”. En tanto que “la suma excedente de dicho valor, se abonará en dos cuotas iguales y consecutivas junto con las remuneraciones correspondientes a los meses de julio y agosto de 2020”.

“En caso que el valor de la cuota resulte inferior a $1.000, deberá ajustarse el número de cuotas hasta alcanzar un valor próximo a esa suma”, precisa.

Entre los considerandos de la medida, se explica que es consecuencia de “las restricciones fiscales imperantes” en la Argentina ante la pandemia de coronavirus.

El decreto rige para “la totalidad de los trabajadores dependientes del Sector Público Nacional, cualquiera sea el régimen aplicable a la relación de empleo”, y que alcanza a todos los empleados estatales, “incluyendo también al Sector Público Nacional Financiero, Bancario y No Bancario”.

La norma indica además -entre sus considerandos- que “la evolución y dinámica de la pandemia han tenido un alto impacto en el funcionamiento de la economía y la sociedad”.

En ese sentido, señala que, “en atención a las restricciones fiscales imperantes” en el país, “se estima necesario establecer una modalidad de pago de la primera mitad del sueldo anual complementario”, con el propósito de mitigar “su efecto financiero en el Tesoro Nacional”.

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