La Unión | SOCIEDAD

Es oficial: las empresas no podrán cortar servicios por falta de pago

emergencia sanitaria. El Gobierno bonaerense publicó la medida en el Boletín Oficial, a raíz del impacto económico de la cuarentena. Además, deberán dar facilidades para cancelar deudas.

Hasta tres facturas impagas

Hasta tres facturas impagas.

A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial bonaerense, el Poder Ejecutivo provincial prohíbe a las empresas cortar o suspender servicios en caso de "mora o falta de pago", en medio del aislamiento por la pandemia, con el impacto económico que esto trae.

En el texto, se aclaró que la medida abarca a los servicios públicos de distribución de energía eléctrica, de agua potable y desagües cloacales, como así también la telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital.

El límite son "hasta tres facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020, incluyendo expresamente a los usuarios y las usuarias con aviso de corte en curso", según el texto publicado este viernes.

Los prestadores de servicios, además, deberán otorgar a los usuarios planes con facilidades de pago para cancelar las deudas que se generen durante el plazo de vigencia de esta medida, conforme las pautas que establezcan el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires y la Autoridad del Agua, de acuerdo con lo dispue

Temas Relacionados