Así deberá ser el ajuste de las cuotas de las prepagas

EXPECTATIVA El valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023.

Swiss Medical, entre las señaladas por el Gobierno.

A pesar del anuncio del Gobierno sobre una baja en las cuotas, las prepagas igual aplicaron un fuerte ajuste del 20% a los asalariados que derivan aportes a través de una obra social. Las boletas están llegando en estos días y representan una sorpresa para unos 4,5 millones de afiliados.

Es que a ese sector las cuotas se les cobran con un retraso de unos 60 días. Así, la cuota que empezó a llegar este mes corresponde a marzo, antes de que se aplicara la medida del Gobierno de ajustar por inflación, vigente desde abril.

Muchos usuarios manifestaron su sorpresa en redes sociales, ya que esperaban que la cuota bajara este mes, y en cambio llegó con un fuerte aumento. Para un matrimonio que abonó $250 mil en abril, este mes deberá afrontar una cuota que ronda los $320 mil.

EL TARDÍO MECANISMO DE AJUSTE

El Gobierno detalló cómo se deberán ajustar las cuotas de la medicina privada: el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación.

Estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Indec vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023), indicó la Secretaría de Comercio.

De esta manera, para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste, cómo máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero).

Para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste, cómo máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero).

Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).

Por ejemplo, si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146.

En el caso de las facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá aplicado en la próxima factura. Es importante destacar que este mecanismo de ajuste con un límite en la inflación registrada estará vigente por los próximos 5 meses, es decir hasta septiembre.

Esta medida no discrimina entre usuarios individuales, corporativos y derivados. Las empresas alcanzadas por la medida son: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán, Hospital Británico.

Por otra parte, en caso de que las empresas se nieguen a limitar el ajuste correspondiente, los usuarios se pueden comunicar al 0800-666-1518, que es línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor o a consultas@consumidor.gob.ar. Mientras que para formular denuncias, ingresar a www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor.

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