fallo En esta oportunidad la Corte Suprema desestimó un pedido de excarcelación planteado por el músico, condenado por corrupción de menores.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un pedido de excarcelación planteado por Cristian Aldana, líder de la banda El Otro Yo, condenado a 22 años de prisión por corrupción de menores.
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25 no hizo lugar, por tercera vez, al pedido de excarcelación o de morigeración de la prisión preventiva de Aldana, quien permanece detenidos desde 2016. La defensa apeló esa decisión y el planteo fue rechazado en las sucesivas instancias.
Llegado el caso hasta el Máximo Tribunal, la Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenktranz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, declaró inadmisible el planteo.
LA CAUSA
El juicio contra el ex líder de El Otro Yo, acusado del delito de "abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores en siete casos" llegó a su fin en 2019 cuando el Tribunal Oral en lo Criminal N° 25 lo condenó a 22 años de prisión.
El juicio oral había comenzado en mayo de 2018 después de un proceso judicial que se inició con las denuncias de 10 mujeres, quienes acusaron a Aldana de haber abusado de ellas entre 1999 y 2010, cuando tenían entre 13 y 16 años.
Durante el juicio, las jóvenes relataron cómo fueron las experiencias sufridas en su adolescencia y detallaron las atrocidades por las que acusan al músico, entre las que había orgías con otras menores, enfermedades de transmisión sexual y agresiones físicas.
En su alegato, el fiscal pidió que al acusado lo condenen a 35 años de cárcel y dijo que durante el debate se brindaron testimonios que "se refuerzan entre sí" con los testimonios de las denunciantes, que resultan "creíbles" y que además cuentan con pruebas "contundentes" de las vejaciones y los abusos sexuales a los que de acuerdo a los relatos las sometió Aldana.
Aldana siempre negó que hayan existido encuentros individuales o grupales con las jóvenes, a quienes dijo no conocer, sin embargo, la Sala de Feria "A" de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional le negó su excarcelación hasta el juicio para evitar el entorpecimiento. Además, dejó claro en su resolución que para cometer los delitos el músico se valió de "la admiración que generaba en sus víctimas debido a su actividad como integrante de una banda musical de la cual aquellas eran seguidoras".