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Asociaciones de consumidores califican de "ejemplificadora" a la sanción impuesta a Movistar

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Afirmaron que las sanciones impuestas por la Comisión nacional de Comunicaciones (CNC) a la empresa son “ejemplificadoras” y cumple con el objetivo de hacer valor los derechos de usuarios del servicio de telefonía móvil.

Ayer, la CNC dio a conocer la sanción a la empresa Movistar por irregularidades en la comunicación a sus clientes en el cambio de planes de datos, que consiste en una multa de casi 600.000 pesos y la obligatoriedad de retrotraer la situación a la instancia previa y devolver la diferencia que pueda surgir en favor de los usuarios.

La conformidad por el tenor de las sanciones fue expresada por el titular del Movimiento en Defensa de los Derechos de los Consumidores, Usuarios y del Medio Ambiente (MODECUMA) y coordinador de las asociaciones de usuarios en la CNC, Miguel Fortuna, y la titular de la Asociación de Defensa de los Derechos de Usuarios y Consumidores (ADDUC), Cristina Vicente.

“Estamos satisfechos porque las asociaciones de consumidores habíamos pedido una medida ejemplificadora y la CNC ha cumplido en hacer valor los derechos de los usuarios y los consumidores”, afirmó Fortuna tras el encuentro con el subinterventor de la CNC, Nicolás Karavaski, en la sede del organismo.

Al destacar el tenor de la sanción, Fortuna entendió que “es algo inédito en esta instancia administrativa”, al tiempo que manifestó su expectativa de que “la empresa alguna vez reconozca cuando se equivoca, porque generalmente se apela y se busca la argucia de los tribunales”.

Por su parte, Vicente también consideró que “la multa que se aplicó es ejemplificadora porque es la máxima que puede imponer la CNC” al cuestionar la política de “Movistar de cambiar los planes unilateralmente sin el aviso de 60 días que establece la legislación vigente”.

La titular de ADDUC también dijo situaciones similares a la de Movistar “se han notado en las empresas Claro y Personal, las que han enviado mensajes de texto diciendo que iban a cambiar el plan o que iba a haber un aumento pero no con los requisitos prefijados como son los 60 días de información al usuario”.

No obstante, aclaró que en el caso de Claro y Personal “no se registró un accionar tan compulsivo como lo ha hecho Movistar en perjuicio del usuario y del consumidor”.

Por el lado de la empresa, se limitaron a señalar que están "analizando los alcances de la resolución" para definir los pasos a

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